AS/1194/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1194/2022-RA

Fecha: 26-Sep-2022

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Previa referencia a los aspectos reclamados en apelación, la parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado sin fundamento explicativo razonable, convalida una errónea aplicación de los arts. 48 en relación al art. 33 inc. m) y 58 de la Ley 1008, así como de manera errónea confirma una Sentencia que se encuentra con varios defectos absolutos concernientes a una mala aplicabilidad de la norma estableciéndose que la comisión del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación se encuentra previsto en el art. 53 de la Ley 1008; y no así, en el art. 58 de la referida Ley. Añade, que en relación al Defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, el Tribunal de alzada emitió una respuesta sin la debida sustentabilidad, vulnerándose el debido proceso y al derecho a la defensa.

Al efecto, en calidad de precedentes contradictorios invoca a los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004, 256 de 26 de julio de 2006, 329 de 29 de agosto de 2006, 431 de 11 de octubre de 2006, 82 de 30 de enero de 2006, 49/2012 de 16 de marzo, 314 de 25 de agosto de 2006, 349 de 28 de agosto de 2006, 314/2015-RRC de 20 de mayo y 315 de 25 de agosto de 2006.