II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 12/2018 de 07 de julio (fs. 857 a 870), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Williams Molina Nina y Héctor Silva Tito, autores y culpables de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de 4 años de privación de libertad, en el penal de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca de la ciudad de Potosí.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Williams Molina Nina y Héctor Silva Tito formularon recursos de apelación restringida (fs. 889 a 892 y 920 a 927), resueltos por Auto de Vista 42/2022 de 15 de junio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
