II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 50/2021 del 23 de septiembre (fs. 46 a 64), el Tribunal de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres de Oruro, declaró a Edwin Jhonny Torrez Espíndola, autor de la comisión del delito de Avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351 bis, del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más condenación a la reparación del daño civil y costas a favor del Estado y la víctima.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Edwin Jhonny Tórrez Espíndola formuló recurso de apelación restringida (fs. 68 a 76), resuelto por Auto de Vista 103/2022 de 30 de junio emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
