AS/0001/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0001/2023

Fecha: 11-Ene-2023

CONSIDERANDO III

En el presente caso, la República Argentina a través de su Embajada en Bolivia, mediante Nota REB Nº 349 de 20 de septiembre de 2022, solicita la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano, WILMER MAMANI FLORES, a efectos de ser trasladado a la ciudad de Buenos Aires-Argentina y se someta al proceso penal caratulado como expediente N° 13313/2020, seguido en su contra por la comisión del delito Abuso Sexual con acceso carnal agravado, previsto y penado en los arts. 45, 55, 119, tercero y cuarto párrafo, inciso b) y 125, tercer párrafo del Código Penal Argentino, conducta que constituye delito también en la legislación penal boliviana, encontrándose tipificado y sancionado por art. 308 bis y 310.g), ambos del CPb, con el nomen juris de “Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente”, modificado por la Ley 348 de 9 de marzo de 2013 (Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia) y cuya pena establecida es de privación de libertad de veinte (20) a veinticinco (25) años y con una agravante de cinco (5) años más como ya se señaló; por consiguiente se cumple con el principio universal de doble incriminación, que rige en solicitudes de cooperación internacional en materia penal sobre solicitudes de “detención preventiva con fines de extradición por delitos cometidos en el País Requirente, conforme prevé el art. 2 del Tratado de Extradición aplicable al caso de autos, concordante con el art. 150 del CPPb; y cumplimiento además, el Estado Requirente con los presupuestos procesales establecidos en los arts. 2, 8 y 20 del Tratado de Extradición suscrito entre la República de Argentina y el Estado Plurinacional de Bolivia, de 22 de agosto de 2013, haciendo viable la solicitud de cooperación internacional de la Parte Requirente en el presente caso.