II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 42 de 27 de agosto de 2015 (fs. 2674 a 2747), el Tribunal de Sentencia Sexto y Sustancias Controladas Liquidador del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Hans Coca Aguilera, autor y culpable de la comisión del delito de Lesiones Culposas, previsto y sancionado por el art. 274 del CP, imponiendo la pena de 240 días multa en razón de Bs. 170 por día a depositarse en cuenta autorizada por el Órgano Judicial; asimismo, lo declaró absuelto de culpa y pena al igual que a Ricardo Becerra Coelho de la comisión de los ilícitos de Tentativa de Homicidio y Lesiones Gravísimas tipificados por los arts. 251 con relación al art. 8 y 270 nums. 1) y 5) del CP; absolviendo de igual manera de culpa y pena a Blanca Liliana Vaca Diez de Moreno del ilícito de Lesiones Gravísimas; en consecuencia, dispone la cesación de todas las medidas cautelares personales y reales que hubiere en sus contras, sin costas y sin declaración de denuncia falsa o temeraria.
II.2. Apelación restringida.
Contra la Sentencia, el Ministerio Público (fs. 2776 a 2781 vta.), los acusadores particulares AAA y BBB (fs. 2783 a 2794); y, el imputado Hans Coca Aguilera (fs. 2802 a 2807); respectivamente, interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 197 de 29 de noviembre de 2017 (fs. 3033 a 3041), dejado sin efecto por Auto Supremo 022/2019-RRC de 30 de enero (fs. 3151 a 3162 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 196 de 5 de septiembre de 2019 (fs. 3173 a 3182 vta.), que fue dejado sin efecto, por Auto Supremo 105/2021-RRC de 16 de marzo de 2021 (fs. 3250 a 3266 vta.); en cuyo efecto, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 31 de 15 de abril de 2022, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó totalmente la Sentencia apelada.
