POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-I de la Constitución Política del Estado, 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial y art. 277-I y Disposición Transitoria Sexta ambos del CPC-2013, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 405 a 409, interpuesto por Franz Aniceto Solares Mendoza y Cristina Dolores Canedo; contra el Auto Definitivo Nº 07-A/2023 de 1 de marzo de 2023 de fs. 371 a 373; emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase. -
