CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación y su contestación
De la revisión del recurso de casación interpuesto por Orlando Yucra Choque se observa que en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusó:
a) Violación del art. 115.II de la Constitución Política del Estado, los arts. 4, 213.I y II. num. 3, 218.I y 265 del Código Procesal Civil, alegando que se omitió otorgar respuestas a su recurso de apelación, así como la falta de una adecuada fundamentación y consistencia lógica en la resolución, toda vez que los puntos impugnados habrían sido resueltos con respuestas escuetas sin fundamentación jurídica.
b) Apreciación errónea de la prueba pericial y violación del art. 1333 del Código Civil.
c) No hubo el debido proceso o la tutela judicial efectiva por lo tanto corresponde la invalidación del acto procesal en cuestión conforme el art. 109.I de la Constitución Política del Estado.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista.
De la contestación al recurso de casación.
Se puede advertir de la revisión del expediente que no cursa contestación al recurso de casación interpuesto por Orlando Yucra Choque.
