CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Shirley Mabel Martínez Martínez, por memorial de fs. 81 a 88, subsanado a fs. 95 vta., inició proceso ordinario de determinación y comprobación de bienes gananciales y consiguiente división y partición contra Dionicio Flores Rodríguez, quien asumió defensa contestando de forma negativa a la demanda, y planteó demanda reconvencional de reconocimiento y división de cargas patrimoniales gananciales, mediante escrito de fs. 156 a 163 vta., misma que mereció una contestación a la reconvención de fs. 233 a 237 vta.; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 244/2022 de 16 de noviembre, corriente de fs. 729 a 732 vta., en la que la Juez Público de Familia 6° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADAS en parte, tanto la demanda principal como la reconvencional de división y partición de bienes, previa verificación de ganancialidad disponiendo lo siguiente:
1) Préstamo de dinero de Bs. 60.000 obtenido de Néstor Abraham Baptista Campero es una deuda propia de Shirley Mabel Martínez Martínez.
2) Préstamo de dinero de $us. 20.400 obtenido de Daysi Dominga Martínez Tapia de Rodas es una deuda propia de Shirley Mabel Martínez Martínez.
3) Préstamo de dinero de Bs. 35.000 obtenido de Daysi Dominga Martínez Tapia de Rodas es una deuda propia de Shirley Mabel Martínez Martínez.
4) Inmueble sito en Yotala parcela 218 con superficie 0.1065 hectáreas registrado bajo la Matrícula N° 1010200004820 es un bien ganancial dadas sus características tras su valuación el demandado debe proceder al pago del 50% de su alícuota parte a favor de Shirley Mabel Martínez Martínez.
5) No se ha acreditado la existencia ni ganancialidad del préstamo de dinero de Bs. 20.000 obtenido de Héctor Martínez Salinas y tampoco del capital de $us. 40.000 en vehículos y efectivo producto de su negocio de importación y compraventa de vehículos.
6) Préstamo de dinero de $us. 10.000 obtenido de Felipe Rocha Ortuño es una deuda propia de Dionicio Flores Rodríguez.
7) Préstamo de dinero de $us. 3.000 obtenido de Edwin Durán Soliz es una deuda propia de Dionicio Flores Rodríguez.
8) Préstamo de dinero de Bs. 10.000 obtenido de Pamela Velasco Venegas y Sebastián Flores Rodríguez es una deuda propia de Dionicio Flores Rodríguez.
9) No se ha acreditado la existencia ni ganancialidad del préstamo de dinero de $us. 5.000 obtenido de Felicia Márquez Quevedo y Nicolás Apaza Sayago y tampoco del capital de Bs. 23.000 y 30.000 obtenidos por créditos con entidades financieras.
10) Los montos percibidos por concepto de alquileres del inmueble de propiedad de ambas partes desde el 17/02/2019 a la fecha, es ganancial y debe ser dividido al 50 % entre ambos cónyuges, debiendo determinarse el monto exacto en ejecución de Sentencia conforme los parámetros ut supra.
11) No se ha acreditado la titularidad, posesión ni ganancialidad del bien inmueble ubicado en la urbanización Troja Loma 2 con una superficie de 338.3 m2.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Shirley Mabel Martínez Martínez y Dionicio Flores Rodríguez, mediante memoriales obrantes de fs. 735 a 738 y de fs. 791 a 799 vta., respectivamente, originó que la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 321/2023 de 24 de julio, obrante de fs. 827 a 833 vta., que REVOCÓ parcialmente la Sentencia impugnada, solo en cuanto al punto 4 de la parte resolutiva, disponiendo que el inmueble de Yotala, parcela 218 con una superficie de 0.1065 ha es un bien propio de Dionicio Flores Rodríguez y su madre Eulogia Flores Rodríguez, sin costas, bajo el siguiente fundamento:
Respecto al recurso de apelación de Shirley Mabel Martínez Martínez, sobre los agravios del primero y segundo consistente en la errónea valoración de la prueba y falta de fundamentación, el Ad quem señaló que la A quo emitió la Sentencia en los aspectos recurridos, con la necesaria fundamentación, motivación y congruencia requerida, en base a la valoración individual e integral efectuada de toda la prueba producida, considerando la documental a fs. 233 como parámetro para establecer solamente el canon de alquiler de una tienda, por cuanto a través del referido documento no se desvirtúa que antes de esa fecha no haya estado alquilada, como tampoco significa que solo haya estado arrendada esa tienda, al haber sido desvirtuado ese aspecto a través de las demás pruebas producidas, como la testifical e inspección judicial, no encontrándose evidentes los agravios reclamados por la apelante.
Respecto al recurso de apelación de Dionicio Flores Rodríguez, en cuanto a la ganancialidad dispuesta en Sentencia del inmueble sito en Yotala, parcela 218 con superficie 0.1065 ha, el demandado acreditó por la documental a fs. 354 el inicio de la posesión que consiste en un Acta de Saneamiento Interno, con relación al predio 218, que se constituye en la primera fase del saneamiento, evidenciándose de su lectura que la posesión de Dionicio Flores Rodríguez y su madre inició el 18/03/0986, también se reconoce que se constituye en un bien propio de los mismos, no siendo ganancial, habiendo la A quo interpretado y valorado la documental de fs. 432 a 436 en forma contraria a lo dispuesto en los arts. 1289 y 1286 del Código Civil y los arts. 336 y 337 de la Ley N° 603, habiendo acreditado que si bien se le reconoció la posesión cuando él se encontraba en matrimonio, sin embargo el inicio fue cuando era un niño, posesión reconocida mediante el trámite correspondiente recién en el año 2012 y titularizada conforme se desprende a fs. 30 el 24 de julio de 2019, resultando por todo ello, ser un bien propio, razón por la que modifica la Sentencia en este punto.
En cuanto a lo reclamado sobre lo determinado respecto al inmueble ubicado en la urbanización Troja Loma, con una superficie de 338,23 m2, resulta no ser evidente, pues no presentó prueba alguna que acredite objetivamente la titularidad del bien inmueble referido, y si bien produjo la prueba de inspección judicial, conforme cursa en acta de fs. 710 a 712, de la que únicamente se desprende que se trata de un terreno en forma rectangular, no existiendo evidencias de posesión de la misma, fue correcto lo dispuesto por la Juez al disponer que no se puede analizar la ganancialidad ni la división y partición, sin que ello implique que podrán hacerlo en caso necesario en otro proceso.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Dionicio Flores Rodríguez y Shirley Mabel Martínez Martínez de fs. 836 a 839 vta., y de fs. 845 a 854 respectivamente, habiéndose admitido solo el recurso de casación de Dionicio Flores Rodríguez, mientras el recurso de Shirley Mabel Martínez Martínez fue declarado improcedente, razón por la cual se pasa a considerar únicamente el recurso de Dionicio Flores Rodríguez.
