CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de compulsa
Expresaron que reconocen que tienen una deuda pendiente con el Banco Ganadero S.A., por la suma de Bs. 12.213,19 y que también reconocen lo estipulado en la cláusula cuarta del contrato base de la acción que describe “como resultado del pago adelantado a capital, descrito anteriormente el banco DEBE RECALCULAR EL PLAN DE PAGOS EN FUNCIÓN DE LA ALTERNATIVA ELEGIDA” lo que no ocurrió pese a que “a fs. 6 vta.”, se instituye pago adelantado a capital lo que implicaría el cambio de plan de pago.
Por lo que solicitaron admitir el recurso de compulsa en la forma y fondo, debido a que en la legislación boliviana no existe articulado en este tipo de procesos, y el abuso que comenten las entidades financieras en contra de los prestatarios y defensa de los mismos (cobrando intereses adelantados a lo que instruye los documentos de préstamos), como consecuencia, peticionaron se anule la demanda de proceso civil ejecutivo, actuar contrario estaría coadyuvando al ilícito que presenta el Banco Ganadero S.A.
