POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 401 a 411 vta., interpuesto por John William Viltty Tárraga, contra el Auto de Vista N° 130/2023 de 11 de agosto, que sale de fs. 368 a 373 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
