CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Jessica Jeaninne, Miguel Ángel, Stephany Yubinka y Jennifer Jeilen todos de apellido Linares Justiniano, mediante memorial de fs. 450 a 460, promovieron proceso ordinario de nulidad de contrato simulado, reivindicación, desocupación, entrega de inmueble, cancelación de inscripción en Derechos Reales, catastro y la dirección territorial del plan regulador contra Dina Mallon Parraga y Timotea Yave Cardozo, quien una vez citadas y al no contestar ninguna de ellas, dentro del plazo establecido por ley, fueron declaradas rebeldes, mediante el Auto de 10 de febrero del 2020, que discurre a fs. 577; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 06/2022 de 23 de mayo, que cursa de fs. 679 a 685, en la que el Juez Público Civil y Comercial 7° de la ciudad de Santa Cruz de la sierra, declaró PROBADA la demanda de nulidad de contrato simulado, reivindicación, desocupación, entrega de inmueble, cancelación de inscripción en Derechos Reales, catastro y la dirección territorial del plan regulador.
2. Resolución de primera instancia que, al ser recurrida en apelación por Holga Yave representada por Daniela Vanessa Leiton Leaños, según escrito de fs. 816 a 822, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 04/2023 de 17 de enero, cursante de fs. 937 a 946, que REVOCÓ la Sentencia N° 06/2022 de 23 de mayo, y deliberando en el fondo declaró IMPROBADA la nulidad de contrato simulado, reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, cancelación de inscripción en Derechos Reales, catastro y la dirección territorial del plan regulador.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por los recursos de fs. 959 a 965 vta., y de fs. 967 a 973 vta., interpuesto por Jennifer Jeilen Linares Justiniano representada por Miguel Ángel Linares Mercado y por Jessica Jeaninne, Miguel Ángel y Stephany todos de apellido Linares Justiniano representados por Marcos Soraire Gallardo, mismos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
