AS/1032/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1032/2023-RA

Fecha: 17-Oct-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. José Raúl Chavarría Ramírez y Rosmery Mamani Nina, por memorial de fs. 38 a 43 vta., reiterado a fs. 59 y subsanado a fs. 61, iniciaron proceso ordinario de acción negatoria, reivindicación, más pago de daños y perjuicios contra Edgar Freddy Zabaleta Gómez, Néstor Zabaleta Tancara y María Mercedes Gómez Mamani, quienes una vez citados, por escrito de fs. 117 a 122 vta., Edgar Freddy Zabaleta Gómez contestó en forma negativa postulo acción de prescripción adquisitiva y planteó reconvención por usucapión decenal o extraordinaria; por su parte Néstor Zabaleta Tancara y María Mercedes Gómez Mamani por escrito de fs. 126 a 128 vta., contestaron negativamente a la demanda; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 791/2021 de 13 de octubre, corriente de fs. 242 a 245, en la que el Juez Público Civil y Comercial 2° de la ciudad de El Alto - La Paz, declaró IMPROBADA la acción negatoria, reivindicación más pago de daños y perjuicios, y PROBADA la demanda de prescripción adquisitiva.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por José Raúl Chavarría Ramírez y Rosmery Mamani Nina, mediante memorial de fs. 255 a 264, originó que la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 181/2023 de 05 de mayo, visible de fs. 288 a 301, que CONFIRMÓ el Auto de 02 de septiembre de 2021 y REVOCÓ la Sentencia N° 791/2021 de 13 de octubre, en consecuencia se declaró PROBADA la acción negatoria y reivindicación interpuesta por José Raúl Chavarría Ramírez y Rosmery Mamani Nina, IMPROBADA el pago de daños y perjuicios, e IMPROBADA la demanda reconvencional de prescripción adquisitiva o usucapión decenal o extraordinaria interpuesta por Edgar Freddy Zabaleta Gómez.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Edgar Freddy Zabaleta Gómez, Néstor Zabaleta Tancara y María Mercedes Gómez Mamani por escrito de fs. 303 a 309, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.