POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación interpuestos por Edgar Espinoza Alvarado, Agustina Mamasa Humerez Jiménez mediante memorial de fs. 884 a 887 vta., y por José Edmundo Gómez Montaño postulado mediante escrito de fs. 894 a 897, ambos, contra el Auto de Vista N° 51/2023 de 14 de agosto, corriente de fs. 861 a 869 vta., y Auto Complementario de 31 de agosto de 2023, ambos pronunciados por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez, Adolescencia, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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