II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 22/2022 de 30 de noviembre (fs. 127 a 134 vta.), el Tribunal de Sentencia de Challapata del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Fidel Tito de Mamani, autor del delito de Violación agravada, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 inc. l) del CP, imponiendo la pena de 20 años de presidio sin derecho a indulto, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Fidel Tito de Mamani (fs. 136 a 150.), formuló recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 41/2023 de 15 de junio, que declaró procedente el recurso planteado; en consecuencia, anuló la Sentencia apelada, ordenando el reenvío con reposición del juicio.
