AS/1393/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1393/2023-RA

Fecha: 06-Oct-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 99/2022 de 31 de octubre (fs. 1038 a 1045), el Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Sergio Rivero Gil, Roberto Carlos Rueda García y Marco Antonio Flores Quentasi, autores de la comisión del delito de Tráfico en grado de complicidad, previsto y sancionado por el art. 48 con relación a los arts. 33 inc. m) y 76 de la L 1008, imponiendo la pena de seis años y siete meses de presidio, s 10.000as multa, a razón de Bs. 1 por día, así como al pago de costas a calificarse en ejecución de sentencia.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, los imputados Marco Antonio Flores Quentasi y Roberto Carlos Rueda García, formularon recursos de apelación restringida (fs. 1054 bis a 1062 vta. y 1063 a 1072 vta.), resueltos por Auto de Vista 12 de 8 de febrero de 2023 (fs. 1099 a 1005 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declarando admisibles y procedentes de forma parcial los recursos planteados, en cuanto al defecto previsto en el art. 370 num. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP); en consecuencia, modificó la parte dispositiva de la Sentencia apelada, disponiendo la condena de los acusados Marco Antonio Flores Quentasi, Roberto Carlos Rueda García y Sergio Rivero Gil, por el delito de plantas controladas, previsto y sancionado por el art. 46 de la L1008, imponiendo la pena de dos años de presidio, con costas a calificarse en ejecución de sentencia y sin lugar a las multas.