II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia S-19/2015 de 3 de junio (fs. 148 a 160 vta.), el Tribunal Quinto de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Nicolás Acarapi Flores, Celia Martha Tintaya Mamani, Florencio Tarquino Condori, Isabel Quispe de Tarquino, Hilarión Palacios Choque, Elena Choquehuanca de Palacios, autores de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 199 y 203 del CP, imponiendo la pena de seis, cuatro y cinco años de reclusión respectivamente; siendo absueltos de los delitos de Falsedad Material y Asociación Delictuosa.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los imputados interpusieron recursos de apelación restringida, mereciendo la emisión del Auto de Vista 19/2016 de 7 de marzo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos interpuestos, confirmando la sentencia apelada.
