II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 7/2019 de 3 de abril, de fs. 700 a 714, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Juan José Choque Loayza, autor de los delitos de Concusión y Falsificación de Documento Privado, previstos y sancionados por los arts. 151 y 200 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión; y, absuelto por los delitos de Uso Indebido de Influencias y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 146 y 203 del citado cuerpo legal.
II.2. Apelación restringida.
Contra la Sentencia, Juan José Choque Loayza formuló recurso de apelación restringida (fs. 738 a 762 vta.), resuelto por Auto de Vista 111/2023 de 19 de mayo (fs. 81/8 a 822), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija que declaró sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesto; consecuentemente, confirmó la Resolución apelada.
