II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 05/2016 de 17 de febrero (fs. 138 a 145 vta.), el Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Ramiro Sanjinés Terrazas, autor y culpable de la comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del CP, imponiendo la pena de 10 años de presidio; y a Esther Aranibar Rodríguez, autora de la comisión del delito de Encubrimiento, tipificado y sancionado por el art. 171 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión, por existir prueba suficiente que generó en el Tribunal convicción plena sobre la responsabilidad penal del delito acusado en ambos imputados.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Ramiro Sanjinés Terrazas formuló recurso de apelación restringida (fs. 151 a 154 vta.), resuelto por Auto de Vista 28/2023 de 30 de marzo, de fs. 166 a 173, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en cuya consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
