II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 12 de agosto de 2019 (fs. 118 a 124), el Tribunal de Sentencia Tercero en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a, Mirian Aquino Salinas, autora de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, imponiendo la sanción de 3 años de reclusión; y, con costas a ser cuantificables en ejecución de Sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación (fs. 152 a 156.), resuelto por el Auto de Vista 202/2022 de 28 de noviembre de 2022, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente la apelación planteada; en consecuencia, confirmó la Sentencia emitida.
