II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 39/2022 de 7 de septiembre (fs. 147 a 159 vta.), el Juzgado de Sentencia Penal Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Angela Graciela Sandoval Vedia absuelta de la comisión de los delitos de Falsedad Material e Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 199 y 198 del CP, disponiendo el cese de todas las medidas cautelares dispuestas en su contra.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, formularon recursos de apelación el Ministerio Público (fs. 215 a 219 vta.); e, Ignacio la Fuente Urdininea (fs. 224 a 237), resueltos por el Auto de Vista 395/2023 de 28 de julio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró inadmisibles las apelaciones restringidas interpuestas por no subsanar las observaciones formuladas por el Tribunal de apelación conforme lo establecido por el art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
