II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia Nº 48/2022 de 8 de noviembre (fs. 916 a 935), el Juez Décimo Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Marco Aurelio Tapia Peña y Marcos Dubby Vargas Durán, autores y culpables de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Walter Javier y Pablo Antonio ambos de apellidos Gumucio Portugal (fs. 948 a 954 vta.) y los imputados Marco Aurelio Tapia Peña y Marcos Dubby Vargas Durán (fs. 957 a 980 vta.), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 134 de 30 de mayo de 2023, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
