II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 30 de noviembre de 2016 (fs. 120 a 124), el Juzgado Mixto y de Sentencia Penal de Capinota del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a los imputados Teresa Brañez de Guevara y Eusebio Guevara Chávez, autores del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 345 del CP, imponiéndo la pena privativa de libertad de dos años, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, los imputados Teresa Brañez de Guevara y Eusebio Guevara Chávez formularon recurso de apelación restringida (fs. 125 a 130 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 170/2021 de 17 de mayo, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
