AS/1607/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1607/2023-RA

Fecha: 20-Oct-2023

III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

III.1. Del recurso de Soila Guillermina Argandoña Choque.

Denuncia que el Tribunal de alzada al resolver su recurso de apelación restringida no consideró que su apelación y memorial de subsanación cumplieron a cabalidad con los requisitos establecidos en los arts. 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como las observaciones efectuadas.

III.2. Del recurso de Máximo Mamerto Argandoña Choque.

La parte recurrente acusa que la Sala de apelaciones emitió una resolución fuera del marco establecido en el art. 398 del CPP, al no resolver sobre su excepción interpuesta y los defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 1) y 4) del CPP, es decir, la inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva y que se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas; vulnerándose de aquella manera el debido proceso y el derecho a la defensa, además de constituir un defecto absoluto.