II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 49/2017 de 29 de septiembre (fs. 3136 a 3164 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a: i) Verónica Ximena Muñoz Guevara y Jenny Pamela Muñoz Guevara, autoras de la comisión del delito de Engaño a Personas Incapaces, previsto y sancionado por el art. 342 del CP, imponiéndoles la pena de 3 años de reclusión; y ii) Martha Irene Zamora y Mirael Villarroel Claros, absueltos de responsabilidad por el citado delito.
II.2. Apelaciones restringidas.
Contra la referida Sentencia, la imputada Verónica Ximena Muñoz Guevara (fs. 3195 a 3203), el acusador particular Juan Pablo López Guevara (fs. 3213 a 3219) y la coimputada Jenny Pamela Muñoz Guevara (fs. 3398 a 3406 vta.), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 240/2021 de 25 de junio que declaró improcedentes los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
