AS/1641/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1641/2023-RA

Fecha: 20-Oct-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 19/2023 de 12 de abril (fs. 136 a 149 vta.), el Juzgado de Sentencia Penal Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a:

Limber Deybises Rivera Limachi, autor de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la sanción de 3os de reclusión; con costas y reparación civil en favor del Estado y las víctimas a ser cuantificables en ejecución de Sentencia.

Gilberto Casas Choque, absuelto de conformidad a lo dispuesto por el art. 363 num.2) del CPP; en virtud, a que la prueba aportada no fue suficiente para generar convicción sobre su responsabilidad, sin costas ni reparación, disponiendo la cancelación de todas las medidas cautelares impuestas en su contra.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, formularon recursos de apelación Limber Deybises Rivera Limachi (fs. 164 a 169); y, Hugo Hermenegildo Ríos Arauco (fs. 171 a 177), resueltos por el Auto de Vista 50/2023 de 21 de agosto emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados y como consecuencia, confirmó la Sentencia.