POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 372 a 386 vta., interpuesto por Gonzalo Llanos Pari, por sí y en representación de Mario Edwin Marca Blanco y German Ariel Marca Blanco, contra el Auto de Vista N° 316/2023, de 15 de septiembre, corriente de fs. 366 a 369 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
