POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 1603 a 1615, interpuesto por Krzysztof Janusz Bialasik representado por Nino Oscar Arturo Murillo González-Aramayo, contra el Auto de Vista N° 390/2023, de 18 de septiembre, cursante de fs. 1592 a 1599 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
