POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación que cursa de fs. 270 a 275 vta., interpuesto por Shirley Alvis Velasco, contra el Auto de Vista Nº 154/2023, de 16 de mayo, corriente de fs. 265 a 268 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas y costos.
Se regula los honorarios del profesional abogado que contestó el recurso en la suma de Bs. 1.000.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
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