POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley 025 del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 310 a 314 vta., interpuesto por Eduardo Ruiz Arce, contra el Auto de Vista Nº 343/2023, de 23 de octubre, cursante de fs. 293 a 297, complementado por el Auto de 30 de octubre de 2023, saliente a fs. 307 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
