II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 08/2023 de 2 de mayo (fs. 867 a 877), el Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Ejecución Penal y Juez Técnico Primero de Camargo del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Sabina Ubaldo, autora en concurso real, de los delitos de Tráfico de Tierras, Avasallamiento; y, Delito Ambiental, previstos y sancionados por los arts. 337 bis, 351 bis del CP; y, art. 109 de la Ley del Medio Ambiente, imponiendo la condena de cuatro (4) años de reclusión, con costas a favor del Estado y de las víctimas a calificarse en ejecución de Sentencia y absuelta del delito de Daño Calificado, previsto y sancionado por el art. 358 del CP, sin costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Sabina Ubaldo interpuso recurso de apelación restringida (fs. 881 a 900), resuelto por el Auto de Vista 441/2023 de 13 de septiembre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
