II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 19/2023 de 4 de mayo (fs. 247 a 271), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Tito Champi, autor y partícipe de la comisión del delito de Estupro, previsto y sancionado por el art. 309 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de privación de libertad.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Tito Champi formuló recurso de apelación restringida (fs. 339 a 342), resuelto por Auto de Vista 438/2023 de 12 de septiembre de fs. 455 a 460 y vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en cuya consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
