II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 93/2022 de 6 de mayo (fs. 349 a 362), el Tribunal de Sentencia Tercero de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Basilio Sejas Claros, autor de la comisión del delito de Violación de Niña, Niño o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis, con la agravante del art. 310 incs. g) y m) del (CP), imponiendo la pena de 25 años de presidio; asimismo, dispuso la reparación integral de daños a favor de la víctima y costas al Estado calificadas en ejecución de sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Basilio Sejas Claros formuló recurso de apelación restringida (fs. 380 a 413 vta.), resuelto por Auto de Vista 63/2023 de 27 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado, confirmando la sentencia.
