II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 15/2019 de 4 de julio (fs. 370 a 380 vta.), la Juez de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Mario Nina Rodríguez autor del delito de Falsificación y Aplicación Indebida de Marcas y Contraseñas, previsto y sancionado por el art. 193 del CP, imponiendo la pena de dos años y nueves meses de reclusión, más el pago de costas; por otra parte, absolvió de culpa y pena a Edgar Quispe Condori por el delito de Receptación, previsto y sancionado por el art. 172 del CP.
II.2. Apelación Restringida.
Contra la Sentencia, el imputado Mario Nina Rodríguez interpuso recurso de apelación restringida (fs. 392 a 396); a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 165/2022 de 26 de septiembre (fs. 421 a 427), que declaró improcedente el recurso de apelación restringida, confirmando la Sentencia apelada.
