ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
para su conocimiento de fondo para de esta manera exponer una motivación que responda a todos los motivos reclamados por los recurrentes y generar certeza de que se resolvió conforme derecho; sin embargo, estas consideraciones no se encuentran en la Resolución cuestionada, evidenciándose una insuficiente motivación. Aclarándose que este Tribunal no está determinando que el recurso deba ser admitido, sino que lo que se observa es la falta de motivación respecto al Auto Supremo al momento de ejercer el control de admisibilidad bajo los presupuestos de la flexibilización, específicamente en relación al primer motivo de Casación donde se expresa la vulneración de derechos y garantías constitucionales, a partir del cual se debería necesariamente ingresar a revisar esa flexibilización; es decir, revisar si la parte recurrente ha provisto los antecedentes o determinar de qué manera no los ha provisto, motivar si está correctamente delimitado el derecho a la garantía constitucional vulnerado o restringido o argumentar por qué no lo estaría, detallar con precisión si lo alegado por el recurrente ingresaría en una necesaria restricción o disminución del derecho o garantía y si esto se encuentra argumentado para poder revisar en el fondo y verificar si existe un resultado dañoso y explicar si el recurrente ha podido sustentar el resultado dañoso.
