III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De una comparación de los recursos de casación interpuestos por Marisol Mamani Calizaya en representación legal de Ever Ajata Ríos, Casto Ajata Ramírez, Martha Ríos Choque de Ajata y Justiniano Guaygua Llampa, se advierte que son similares consiguientemente a los fines de evitar reiteraciones innecesarias los motivos serán extractados de manera conjunta
Los recurrentes denunciaron en sus apelaciones restringidas, inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva y adjetiva penal; arguyen, que el Tribunal de Alzada, no consideró los antecedentes de la apelación restringida introduciendo algunos datos del Auto Supremo 99/2019 de 20 de febrero; no obstante, el Tribunal de Alzada ingresó al análisis de la prueba sustanciada en juicio oral permitiendose sustentar que el hecho acusado estaría demostrado suficientemente en base a algunos elementos probatorios, vulnerando el principio de lealtad procesal; asimismo, menciona que el Auto de Vista es copia del análisis de la sentencia vinculado específicamente a una indebida fundamentación y valoración de los medios de prueba de cargo y descargo; por lo que, incurrió en defecto absoluto arts. 167 y 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP),
Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 214/2007 de 28 de marzo, 827/2015 de 20 de noviembre y 360/2012 de 28 de noviembre y las Sentencias Constitucionales 0010/2018 de 28 de febrero, 0112/2014 de 26 de noviembre y 0989/2011 de 22 de junio.
