II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 5/2022 de 17 de marzo (fs. 70 a 73), el Tribunal de Sentencia de Aiquile del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Freddy Jiménez Portuguez, autor y culpable de la comisión del delito de Transporte, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más costas a favor del Estado y multa de 1000 días a razón de bs. 1, por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Freddy Jiménez Portuguez (fs. 76 a 77 vta.), formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 75 de 24 de mayo de 2023 (fs. 88 a 90), emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que lo declaró improcedente; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
