II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 20/2019 de 5 de agosto (fs. 317 a 335 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a: Adalid Quispe Dueñas, autor de la comisión del delito Violación en Grado de Complicidad, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 23 del CP, imponiendo la pena de cinco (5) años de privación de libertad, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Adalid Quispe Dueñas (fs. 377 a 380 vta.), y la víctima (fs. 285 a 399 vta.), formularon recursos de apelación restringida que fueron resueltos por Auto de Vista de 5 de diciembre de 2022 (fs. 435 a 439), emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos planteados; en su mérito, confirmó la Sentencia apelada.
