II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 16 de diciembre de 2013 (fs. 521 a 528 vta.), el Juez de Sentencia Cuarto en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Julio Guery Guizada Vargas autor de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del CP, imponiendo la pena de tres años y cuatro meses de reclusión.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 560 a 577 vta.), resuelto por el Auto de Vista 99/2021 de 19 de marzo (fs. 672 a 681), que declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto, confirmando la Sentencia apelada.
