II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 31 de agosto de 2021 de fs. 178 a 185 vta., el Juzgado de Sentencia Tercero de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juan Carlos Choque Sarzuri, autor y culpable del delito de Violencia Familiar o Doméstica, tipificado según el art. 272 Bis del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión a cumplir en el Penal de “San Pablo” de Quillacollo, más el pago de costas y resarcimiento de daos civiles en favor de la víctima.
II.2. Apelación restringida.
Después en el trámite, el imputado promovió recurso de apelación restringida de fs. 193 a 198, resuelto por el Auto de Vista 111/2023 de 5 de septiembre de fs. 244 a 254 vta., dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declarándolo improcedente, confirmando en tal situación la Sentencia de grado.
