II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 021/2019 de 30 de mayo (fs. 1782 a 1802), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Alejandro Ilich Cruz Rodríguez, autor de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes, previsto y sancionado por el art. 154 del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de dos años, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia; asimismo, lo absolvió de la comisión del delito de Consorcio de Jueces, Fiscales, Policías y Abogados, tipificado por el art. 174 del CP, al igual que a Filemón Sandoval Romero, disponiendo para este último, la cesación de todas las medidas cautelares personales impuestas. Notificado con tal determinación el acusador particular Alfredo Miguel Rodrigo Pardo, solicitó complementación, aclaración y enmienda, que fue rechazada por Auto 0201/2019 de 10 de julio (fs. 1822 y vta.), con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Alejandro Ilich Cruz Rodríguez (fs. 1847 a 1856) y el acusador particular Alfredo Miguel Rodrigo Prado (fs. 1935 a 1942 vta.), respectivamente, interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Autos de Vista 58/2020 de 26 de febrero y 349/2021 de 24 de septiembre, que fueron dejados sin efecto a través de los Autos Supremos 104/2021-RRC de 16 de marzo y 166/2023-RRC de 3 de marzo; en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista 305/2023 de 17 de julio, que declaró procedente en parte la apelación de Alejandro Ilich Cruz Rodríguez, revocando parcialmente la Sentencia 021/2019 y absolviendo de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes, disponiendo además la cesación a las medidas cautelares dispuestas en su contra; e, inadmisible el recurso interpuesto por Alfredo Miguel Rodrigo Prado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada, con la modificación prevista anteriormente.
