II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 38/2020 de 23 de noviembre (fs. 885 a 897), el Juzgado de Sentencia de Riberalta del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, declaró a Helen Gorayeb Callejas, absuelta de culpa y pena de la comisión de los delitos de Uso Indebido de Influencias y Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas, tipificados y sancionados por los arts. 146 y 150 del CP; por otro lado, declaró a Jorge Enrique Toledo Cortez, Jose Eddyet Yañez Canido y Janeth Hurtado Salvatierra, culpables de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes, tipificado por el art. 154 con relación al art. 20 del CP, imponiéndoles la pena de dos años de reclusión.
II.2. Apelación restringida.
Contra la Sentencia, el Ministerio Público, Miguel Ángel Balcazar Ruiz en representación del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, Carlos Sánchez Salazar en representación del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerin, Jorge Enrique Toledo Cortez, Jose Eddyet Yañez Canido y Janeth Hurtado Salvatierra, formularon recursos de apelación restringida (fs. 907 a 909, 910 a 912 y 914 a 916 vta.), resueltos por Auto de Vista 01/2022 de 4 de febrero, dictado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, que declaró procedentes los recursos planteados; en consecuencia, anuló la Sentencia apelada, disponiendo la reposición de juicio.
