POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I num. 4 de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, declara LEGAL el recurso de compulsa de fs. 84 a 86, interpuesto por Matilde Álvarez Alfaro, teniendo el presente fallo la calidad de provisión compulsoria, a efectos de que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, tramite el recurso de casación planteado.
Sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
