III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 753/2022-RA de 18 de julio (fs. 769 a 771 vta.), corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo
El recurrente refiere que, el Auto de Vista, carece de fundamentación, al resolver el defecto de Sentencia previsto en el núm. 6 del art. 370 del CPP; pues no subsanó la defectuosa valoración de la prueba conforme los arts. 173 y 370–6 del CPP, sino que convalidó el mismo.
