CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. José Antonio Pantoja Sotelo y Ana Beatriz Aguirre de Pantoja, por memorial de demanda que discurre de fs. 90 a 95 vta., subsanada y aclarada de fs. 139 a 141 vta., inició proceso ordinario de reivindicación contra Gloria Antonia Guerra Mamani, Vicente Guerra Mendoza, Mario Pérez Calle y otros, quienes una vez citados, mediante escrito de fs. 143, contestó negativamente e interpuso demanda reconvencional de mejor derecho propietario, mismo que no fue admitido por ser presentado fuera de plazo; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 345/2022, que cursa de fs. 632 a 639, en la que el Juez Público Civil y Comercial 4° de La Paz, declaró PROBADA la demanda.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Gloria Antonia Guerra Mamani por sí y como heredera de Vicente Guerra Mendoza y apoderada de Mario Pérez Calle, mediante memorial cursante de fs. 680 a 694 y la ratificación del recurso de apelación interpuesto por Hilarión Demetrio Chino Quispe, visible de fs. 772 a 773 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 64/2023, de 04 de enero, cursante de fs. 805 a 811 vta., el cual declaró INADMISIBLE el recurso de reposición, bajo alternativa de apelación de 30 agosto de 2019, visible de fs. 239 a 240 vta., y CONFIRMÓ la Resolución N° 345/2022, obrante de fs. 632 a 639.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Gloria Antonia Guerra Mamani por sí y como heredera de Vicente Guerra Mendoza y apoderada de Mario Pérez Calle, según escrito visible de fs. 813 a 817 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
