II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 28/2020 de 14 de febrero (fs. 63 a 66 vta.), el Juzgado de Sentencia Penal 12° del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Ana Virginia Portugal Iturralde, autora del delito de Suministro, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de 12 años de privación de libertad.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Ana Virginia Portugal Iturralde, formuló recurso de apelación restringida (fs. 78 a 81 vta.), resuelto por el Auto de Vista 37/2021 de 07 de abril (fs. 120 a 126), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la sentencia impugnada.
