AS/0292/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0292/2023-RA

Fecha: 17-Mar-2023

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 01/2016 de 13 de enero (fs. 141 a 148), el Tribunal de Sentencia en lo Penal de Ivirgarzama del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Sergio Soria Orellana autor de la comisión del delito de Violación Agravada, previsto y sancionado por el art. 308 con relación al art. 310 num. 2) y 6) del CP, modificado por la Ley 2033, imponiendo la pena de diez (10) años de presidio; aclarando, que cinco años corresponden al mínimo de la pena que señala el art. 308 del CP y los otros cinco a las agravantes del art. 310 num. 2) y 6) del CP, antes de su modificación por la Ley 348, con costas a favor del Estado y resarcimiento civil a favor de la víctima, averiguables en ejecución de sentencia.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, el imputado Sergio Soria Orellana (fs. 155 a 160), formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 062/22 de 23 de noviembre de 2022 (fs. 182 a 188 vta.), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en su mérito, confirmó la Sentencia apelada.