AS/0303/2023-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0303/2023-RRC

Fecha: 27-Mar-2023

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo 135/2019-RA de 12 de marzo, se admitió el recurso de casación, por lo que corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.

Denuncia que respecto al defecto del núm. 4 del art. 370 del CPP, relacionado al debido proceso y el derecho a la defensa, alegó en apelación que en Sentencia se valoró un extremo jamás probado, como es el arma de fuego, por lo que el Tribunal basó su Sentencia en la portación de arma; sin embargo, el Tribunal de alzada alejado del principio de legalidad, respecto a la verdad material no refiere nada al respecto, cuando era obligación advertir que la Sentencia se pronunció sobre un elemento que nunca fue incorporado legalmente a juicio, por lo que incurrió en falta de motivación y fundamentación, vinculado a los arts. 1, 7, 9 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como a los arts. 7 núms. 1 y 2, 8 núm. 1, 11 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y lo que dispone el art. 9 núm. 1 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos.

Alega que conforme al art. 345 del CPP, en el momento procesal oportuno formuló incidentes y excepciones así como exclusiones probatorias, que fueron rechazadas, habiendo hecho la reserva de apelación, que fue formulada conforme al memorial de 29 de marzo de 2018; sin embargo, el Tribunal de alzada no se pronunció sobre la apelación incidental, extremo reclamado mediante memorial de 9 de noviembre de 2018 e inclusive solicitó complementación y enmienda, implicando una vulneración al debido proceso, la seguridad jurídica y el derecho a la defensa.