II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 7 de junio de 2019 (fs. 464 a 472 vlta.), el Juzgado de Sentencia Penal Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Jorge Alberto Vargas Rojas, autor de la comisión del delito de Violencia Física y Psicológica, previsto y sancionado por el art. 272 bis núm. 1) del CP, imponiendo la pena de 2 años y 2 meses de reclusión, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Jorge Alberto Vargas Rojas formuló recurso de apelación restringida (fs. 493 a 510), resuelto por Auto de Vista 233/2021 de 25 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada.
