II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 04/2020 de 18 de febrero (fs. 56 a 61), el Juez de Sentencia Penal Noveno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Jerson Freddy Florero Guzmán, autor de la comisión del delito de Transporte, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de reclusión, más el pago de mil días multa en razón a bolivianos veinticinco centavos por día, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Jerson Freddy Florero Guzmán formuló recurso de apelación restringida (fs. 65 a 67), resuelto por Auto de Vista 235/2021 de 25 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
