POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 224 a 233, interpuesto por María Gabriela Ramírez Zuñagua, contra el Auto de Vista N° 43/2023, de 18 de enero, corriente de fs. 211 a 217 y su Auto complementario de 31 de enero de 2023, obrante a fs. 223 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
